"En 1872, la memoria del Ministerio de Guerra anunciaba un hecho de trascendencia: la doble exploración del río Negro y de los territorios adyacentes.
[...] El coronel Barros concurre al estudio de la cuestión frontera con el auxilio de la historia y de la geografía, [...] piensa como el senador Oroño, que es necesario combinar un proyecto de colonización en alta escala de los territorios del río Negro, como medio de garantir la eficacia de la expedición.
Juzgando la cuestión del punto de vista militar, el coronel Barros la presenta bajo una fórmula concisa y perfectamente de acuerdo con la ley de 1867:En efecto, no puede ser otro el objetivo capital de la gran operación. Tenemos ideas más avanzadas aun sobre el éxito. Una vez encerrados los indios en ese desierto llamado Patagonia, sin ganados, sin vicios, sin recursos vitales, y luchando con la aridez del territorio, ¿qué harán sino buscar provisiones y ropa en una sumisión discrecional? Es necesario tener en cuenta que los bárbaros, mezclados ya con elementos civilizados, obedecen a la exigencia de grandes necesidades, que en su primitiva vida no conocieron, y que no podrán satisfacer una vez arrojados al desierto patagónico."
- Encerrar a los indios en el desierto, cortándoles todas sus comunicaciones con el norte del río Negro.
- Perseguirlos en el mismo desierto sin darles tregua ni cuartel.
Zeballos, E.S. (1878) La conquista de quince mil leguas.
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